Los Premios Nacionales de Juventud están dirigidos a estimular y reconocer el esfuerzo y el compromiso de aquellos jóvenes que hayan desarrollado una labor relevante en distintos ámbitos de la sociedad y serán regulados, convocados y gestionados de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
La presentación de las candidaturas se llevará a cabo por Organizaciones, Instituciones o Corporaciones con acreditada solvencia y vinculación con el objeto de los premios, por lo que, al no mediar solicitud previa del interesado, estos premios están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tal como dispone su artículo 4.a). No obstante lo anterior, la Orden IGD/2655/2012, de 1 de octubre establece expresamente en su disposición final segunda, que en lo no previsto en la citada Orden, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
De conformidad con el artículo 48 de la CE «los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político,social económico y cultural».
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FUENTE: Boletín Oficial del Estado / TRAZOS DIGITAL 2015





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