Objeto del trámite
La presente convocatoria tiene por objeto la financiación (gastos corrientes) de proyectos en materia de actividades extraescolares y/o actividades complementarias para el alumnado y sus familias, que estén matriculados en centros de enseñanza sostenidos con fondos públicos ubicados en Gran Canaria; todo ello conforme a uno o varios de los objetivos prioritarios que se establecen en la convocatoria.
Beneficiarios del trámite
Podrán ser beneficiarios de esta subvención las asociaciones de madres y padres de alumnas/os (AMPAS), legalmente constituidas, de los centros de enseñanza sostenidos con fondos públicos de la isla de Gran Canaria. Han de encontrarse inscritas y tener la composición de su Junta directiva actualizada en el Registro de Asociaciones de Canarias. Para comprobar este extremo, el Cabildo recabará la información y certificación relativa a la inscripción, y representación legal de las entidades mediante solicitud al Servicio de Entidades Jurídicas de la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana del Gobierno de Canarias.
Proyectos a subvencionar y actuaciones subvencionables
Las acciones o actividades subvencionables se desarrollarán durante el curso académico 2024/2025, finalizando el 31 mayo del 2025, y se podrán realizar dentro o fuera del centro educativo. Las acciones o actividades subvencionables deberán formar parte de la Programación General Anual para el curso correspondiente o, en su defecto, contar con la aprobación del Consejo Escolar.
La subvención a que se refiere la presente convocatoria se podrá conceder, de forma única y exclusiva, para los gastos corrientes, incluyendo las cuotas soportadas del I.G.I.C. de estos, que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria; tales como, prestación de servicios por parte de ponentes o monitores, material fungible, transporte terrestre para los asistentes a las actividades, seguros, material de difusión y otros necesarios para el desarrollo de las actividades, los cuales deberán cumplir el requisito de figurar en el proyecto y estar directamente relacionado con la actividad subvencionada.
Se subvencionará el 100% del coste del proyecto, acción o actividad extraescolar y/o complementaria, con el límite de CINCO MIL (5.000,00 €) EUROS por beneficiario.
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FUENTE: CABILDO DE GRAN CANARIA / TRAZOS DIGITAL 2024






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